El Sindicato USO ha iniciado el proceso de demanda de la Resolución de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
El día 5 de agosto se publicó en el DOE la citada Resolución que debería regular las convocatorias de los procesos de estabilización de empleo temporal, cuyas convocatorias deberán publicarse antes del 31 de diciembre de este año. La Ley 20/2021, que regula estos procesos de estabilización, establece que deberán convocarse dos tipos de procesos: uno de concurso de méritos y otro de concurso oposición, cada uno con las plazas correspondientes.
Uno de las irregularidades que desde USO se denuncia es que, en esta Resolución, se establece que la elección de plazas para los aspirantes que superen el proceso selectivo será, en primer lugar, para los que superen el concurso oposición y, el resto de plazas, serán ofertadas para los que superen el proceso de concurso, cuando la Ley establece que en cada proceso serán ofertadas unas plazas determinadas según la antigüedad del empleado temporal que la ocupe: los que estén contratados con anterioridad al 1 de enero de 2016 serán ofertadas a los aspirantes que superen el concurso de méritos y las posteriores a los que superen el concurso oposición.
Pero otro de los puntos más graves es el que hace referencia a que, solamente corresponde indemnización por despido si no se supera ningún proceso de estabilización. Esto puede suponer que un trabajador sea despedido por la Junta en este proceso de estabilización de su puesto de trabajo y que consiga otro puesto distinto de otra categoría y que no tenga derecho a indemnización alguna, algo que es completamente contrario a la Legislación, ya que, si hay despido, debe haber indemnización. No comprendemos como ha habido tres centrales sindicales que han firmado este documento acordando eliminar esa posible indemnización por despido a un trabajador.
Esperamos que, en la Sesión de la Mesa de Negociación que se ha convocado para mañana viernes 18, el Director General de Función Pública y los sindicatos presentes en la Mesa, rectifiquen este tipo de irregularidades y se respete el espíritu de esta Ley, que no es otro que la estabilización de estas personas y no el despido de miles de personas sobradamente cualificadas y preparadas para ejercer su trabajo.