Resolución de 23 de enero de 2023, del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada (Badajoz), referente a la convocatoria para proveer una plaza

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    Si bien el artículo 18.4 de la Constitución Española reconoce el derecho fundamental a la protección de datos personales, también las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad están sujetas a distintas normativas en cuanto a la utilización y tratamiento de los datos referentes a los denominados antecedentes policiales, que son aquéllos tratados por las autoridades competentes de conformidad con la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, o cualquier otra disposición legal que complemente o cumpla con dichas finalidades, como la Ley Orgánica de Protección de Datos.

    Sin embargo, el Ayto. de Badajoz, a través de su Alcalde y máximo responsable en competencias de Policía Local tras el cese de la anterior concejala, así como el Superintendente Jefe del Cuerpo, vendrían consintiendo reiteradamente una flagrante infracción en cuanto al tratamiento de estos datos policiales. En concreto, el hecho se circunscribe a que el personal del Servicio de Grúa Municipal utilice las emisoras por las que son requeridos para sus servicios en el mismo canal que los policías, de tal forma que tienen acceso igualmente a todo tipo de información acerca de los datos y antecedentes de carácter policial y personal de cualquier ciudadano con el que interviene la Policía Local pero sin tener siquiera la condición de agentes de la autoridad.

    Algunos trabajadores de la Grúa Municipal han venido advirtiendo de esta incidencia, y desde USO incluso se informó al Alcalde, Ignacio Gragera, en una reunión mantenida el pasado año. De hecho, se le propuso que la solución era tan sencilla como que el personal policial trabajara con sus emisoras en el canal 1, como es habitual, y que dicho canal fuera deshabilitado en las emisoras del personal de la Grúa Municipal, que pasarían a trabajar en el canal 2, a través del cual serían requeridos por los policías cuando fuera necesaria la prestación de sus servicios. Sin embargo, a día de hoy no se ha tomado medida alguna al respecto, por lo que desde USO se está ultimando el informe-denuncia que será enviado a la Agencia Española de Protección de Datos y al Ministerio del Interior.

    Por otro lado, la semana pasada la Policía Local denunció a un vehículo del Servicio de Vías y Obras del propio Ayto. de Badajoz que circulaba sin haber sometido el tacógrafo a la verificación periódica pertinente, lo que puede acarrear una sanción en torno a los 2.000 € para el propio Ayuntamiento como titular del vehículo. Desde USO exigimos al Jefe del Servicio de Vías y Obras que, lejos de pedir explicaciones y cuestionar la labor de los agentes, se preocupe de tener en perfecto estado de revista su flota de vehículos, lo que a buen seguro redundará también en la seguridad laboral de los trabajadores de su servicio.

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